2026-03-06

Se extiende hasta el 20 de abril

Este sábado 7 comienza la temporada de recolección de piñones

La secretaría de Producción e Industria recordó la importancia de respetar la normativa que marca las prácticas permitidas para la preservación de la araucaria araucana. Sólo se puede recolectar semillas que estén en el suelo y se prohíbe el uso de herramientas que dañen las plantas.

La secretaría de Producción e Industria informó que a partir de mañana 7 de marzo y hasta el 20 de abril se extenderá la temporada de recolección de semillas de Araucaria Araucana, conocidas como piñones.

La actividad puede realizarse solamente en los lugares permitidos y especificados y a cargo de las personas autorizadas por la reglamentación, que son aquellos ciudadanos neuquinos cuya residencia legal sea dentro de los Departamentos Aluminé, Picunches, Loncopué y Ñorquín, siempre para uso personal.

Igualmente en el caso de los habitantes permanentes o temporales de los parajes Cochicó-Sainuco, Kilka, Lonco Luan, Cuenca del Litrán, y Paso del Arco en el departamento Aluminé; Pino Hachado en Picunches, y las Áreas Naturales Protegidas de Caviahue-Copahue, Chañy y Batea Mahuida. También en el Paraje Chenque Pehuén de Loncopué y Las Lecheras de Ñorquín.

La recolección de semillas de Araucaria Araucana también está autorizada con destino a la producción de plantines para recuperación de ambientes boscosos degradados de dicha especie, a los viveros provinciales, con un cupo a definir en función de la productividad estimada por la dirección general de Recursos Forestales, definiendo el sitio de cosecha y el plan de producción de plantines del vivero.

Para los integrantes de agrupaciones mapuche y pobladores rurales, se podrá emitir una Guía Forestal Única (GFU) por un cupo mayor al máximo permitido (30 kilos), limitada por la productividad estimada para la especie en cada área habilitada. Además, se deberán extender vales de tránsito para disponer el retiro de los piñones en forma progresiva, acompañando las posibilidades de recolección, fundamentalmente en función de variaciones en la maduración de conos en distintas áreas.

La norma establece, por otra parte, que la recolección de semillas en lotes fiscales deberá realizarse a una distancia no menor de mil metros de donde se encuentren asentados pobladores rurales en forma permanente o transitoria.

Para las formaciones boscosas en propiedad privada se emitirán guías para consumo destinadas a los habitantes de la propiedad, debiendo presentar un permiso del propietario en el cual se declare que el solicitante es habitante de su propiedad o domiciliado en la localidad próxima inmediata a la propiedad.

Emisión de guías

La solicitud de guías para el traslado de productos forestales se puede realizar en forma online. Los interesados deben completar el formulario en el siguiente enlace: https://produccioneindustria.neuquen.gov.ar/forestales/solicitud.

Las guías también serán extendidas en las agencias o delegaciones de Aluminé, Villa Pehuenia, Loncopué y San Martín de los Andes, durante los días hábiles en horario administrativo. En ellas se especificará zona de recolección autorizada en detalle.

Para realizar la tramitación de la Guía Forestal Única (GFU), los solicitantes deberán acreditar su mayoría de edad y domicilio en la provincia con su DNI. Los integrantes de agrupaciones mapuche deben certificar su pertenencia mediante documento extendido por la autoridad vigente de la agrupación o comisión directiva.

Los pobladores rurales tienen que adjuntar permiso de veranada vigente extendido por la dirección de Tierras de la provincia, y los pobladores urbanos de Área Natural Protegida de la localidad de Caviahue, acreditando domicilio legal en ella.

Aforos

Los valores de aforos para bosques espontáneos fiscales y privados se encuentran calculados por las sucesivas cantidades en kilogramos ($/Kg).

En Bosques Espontáneos Fiscales

Para consumo por temporada (hasta 30 kilogramos por persona), 440 pesos por kilo. Para comercio, 1.240 pesos por kilo (únicamente en las situaciones expresamente autorizadas bajo plan de manejo). Para producción de plantines en viveros privados, $ 96.900,00/kg.

En Bosques Espontáneos en Propiedad Privada

Para consumo, por temporada (hasta 30 kilos por persona) $ 66,00/kg

Para comercio $ 186,00 /kg (únicamente en las situaciones expresamente autorizadas, bajo plan de manejo aprobado).

Para producción de plantines en viveros privados $ 14.534,80/kg

Extensión de Guía de Removido para semillas $ 355,00/kg

El comercio de semillas de Araucaria araucana desde establecimientos privados podrá realizarse exclusivamente bajo plan de manejo aprobado por la dirección general de Recursos Forestales, de acuerdo a la necesidad de garantizar la reproducción natural de la especie y asegurar alimento a la fauna silvestre anualmente.

El pago de aforos queda eximido para las comunidades mapuches, personas carentes de recursos -debidamente acreditado-, pobladores rurales y pequeños productores para recolección de piñones con destino final de consumo, prohibiendo su comercialización, conforme el procedimiento y cupos indicados en la normativa vigente.

Prohibiciones en la cosecha

Queda estrictamente prohibida la utilización de cualquier elemento que pudiera dañar las plantas (lazos, palos, machetes, hondas de revoleo, cadenas, armas de fuego en general, etc.). La recolección de semillas debe realizarse exclusivamente del suelo. También se prohíbe la recolección de semillas en zonas afectadas por incendios.

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