Nuevas exigencias para el tratamiento de residuos especiales

Se impondrá una reglamentación rigurosa y exigente para todo aquel que genere residuos especiales, así como para quienes lo transporten, procesen o pongan a disposición final.

El secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ricardo Esquivel, junto con el ministro de Desarrollo Territorial, Leandro Bertoya, informaron las modificaciones para el tratamiento, traslado y disposición final de residuos especiales, que entrarán en vigencia a partir del próximo viernes 20 cuando se publique el Decreto 2263/15 firmado por el gobernador Jorge Sapag.

Durante la conferencia, Bertoya explicó que “el decreto está enmarcado en las leyes nacionales de medio ambiente y pone a Neuquén en la vanguardia de tratamiento y disposición final de residuos especiales, fundamentalmente aquellos que provienen de la actividad hidrocarburífera”.

Indicó que “se prevé la instalación de estos emprendimientos en zonas alejadas al menos ocho kilómetros de los ejidos municipales y con una zona de exclusión de cinco kilómetros que deben estar libres de cualquier otro tipo de desarrollo por los próximos 20 años. Asimismo, regirá en zonas de estabilidad geológica con agua a una profundidad superior a 30 metros “a fin de dar seguridad ambiental a las personas, tanto como a la flora y la fauna”.

Bertoya aseguró que “se estableció una normativa muy estricta de todo lo referido a entes generadores de este tipo de residuos, así como con el transporte, tratamiento y disposición final de los mismos”. Para ello se pondrá a disposición un ecoparque que reúne las condiciones geológicas requeridas por normativas ambientales de la provincia para que se puedan radicar en esos lugares, evitando exponer a riesgos a la población y al medioambiente en general.

En tanto, Esquivel detalló que “la iniciativa establece un marco de operación en relación con la Ley 24.051 de residuos peligrosos y la 23.922 que rige presupuestos mínimos, y la Ley provincial 1875, cuyo anexo octavo fue modificado para establecer los criterios donde se podrán emplazar las zonas para residuos peligrosos”.

Señaló además que “el impulso del desarrollo de la provincia de Neuquén con la formación Vaca Muerta implica una superficie de 30.000 kilómetros cuadrados de posible explotación de recursos hidrocaburíferos que requieren tareas de intervención y control pertinentes con la participación de distintas áreas”.

El titular de Ambiente y Desarrollo Sostenible comentó que los proyectos serán evaluados y deberán contar con la aprobación -mediante decreto del gobernador- para autorizar la etapa de la construcción. Luego comenzará a intervenir una comisión interdisciplinaria con distintos profesionales “que se encargan del seguimiento y evaluación de la obra, así como del análisis de los criterios técnicos, y a partir del cumplimiento de la etapa de construcción sobreviene un nuevo documento que autoriza el inicio de ejecución de trabajos. Es recién en esa instancia donde el Estado emite la licencia ambiental”.

Recordó que “antes había pautas de funcionamiento más flexibles, pero se establecen estos nuevos requisitos mucho más rigurosos que dan satisfacción a la preocupación e inquietudes de la comunidad, en defensa del aire, el agua y el suelo”.El laboratorio de referencia será el CIATI, que ya se encuentra operando en el recientemente inaugurado Polo Científico y Tecnológico de Centenario.

Modificaciones

Será necesaria la intervención del Poder Ejecutivo para la aprobación de inicio de obra e inicio de actividades de operación de las plantas permanentes de tratamiento de residuos especiales y plantas de disposición final. También se crean nuevas condiciones para la emisión de los certificados de tratamiento y disposición de los residuos especiales generados.

Se definen criterios para las presentaciones correspondientes a proyectos que involucren plantas de tratamiento (transitorias y permanentes) y de disposición final de residuos especiales. Además, se establecen criterios técnicos para la localización de los proyectos en cuanto a cercanía de poblaciones, distancias de cursos de agua y características topográficas, entre otras.

Nuevos criterios para el control continuo de emisiones gaseosas para aquellas plantas de tratamiento que poseen procesos térmicos. Se fijan nuevas pautas y obligaciones para la inscripción en el RePGTyORE en todas las categorías.

Se incorpora la implementación de un manifiesto electrónico como instrumento que garantice la trazabilidad de los residuos especiales; se crea la memoria anual de los residuos especiales generados, transportados, tratados y dispuestos finalmente como declaración jurada y sus obligaciones.

Además, se establecen criterios para determinar la capacidad de almacenamiento autorizada como la de tratamiento de los residuos especiales en función de la memoria técnica creada conjuntamente.

Respecto de las plantas de disposición final, se establecen las condiciones que deben reunir en cuanto a las estructuras que forman parte del sistema impermeabilizante, operaciones que aseguren el correcto manejo de los residuos a disponer (control de ingreso, laboratorio, pretratamientos, etc.), condiciones de cierre, post cierre y abandono definitivo de las instalaciones.