El Ministerio de Gobierno y Seguridad, por resolución 968/2021, aprobó la reglamentación de la ley nº 3260 sancionada en octubre del año pasado, que regula el destino final de las bicicletas que fueron secuestradas por la Policía (por distintos motivos) y que no fueron reclamadas por sus dueños legítimos durante el plazo de un año.
En su articulado, la regla dispone que estas bicicletas serán destinadas a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) y a organismos estatales con finalidad social o deportiva. Para ello, la Dirección Provincial de Articulación Ciudadana deberá confeccionar un registro de estas instituciones que manifiesten su interés por recibir estas bicicletas secuestradas y, también, otro registro en donde queden consignados las características de cada uno de los rodados para su identificación. Y para el caso de aquellas bicicletas que no puedan ser reparadas, la reglamentación indica que podrán ser entregadas a escuelas técnicas o centros de formación profesional de toda la provincia.
Además, la normativa señala que los dueños originarios de las bicicletas podrán recuperarlas si demuestran esa condición y recibirlas en el estado en que se encuentren, aún transcurrido los 12 meses.
A la vez, se prohíbe a las instituciones que reciban las bicicletas, la venta o alteración del rodado que impida su identificación por lo que deberán conservarla en el estado en que le fue entregada. Así, al momento de la suscripción del préstamo del rodado, a la persona se le hará entrega de un adhesivo con la leyenda “Adquirida por Ley 3260”.