Declaran la emergencia agropecuaria para la actividad frutihortícola

Declaran la emergencia agropecuaria para la actividad frutihortícola

septiembre 14, 2010

Lo hizo el gobernador Jorge Sapag, por doce meses, a través del decreto 1712/10. La norma explica que se produjeron una serie de contingencias climáticas que impactaron negativamente en la producción.

El gobierno provincial declaró ayer lunes 13 de septiembre, a través del decreto 1712/10, la emergencia agropecuaria por doce meses en todo el territorio provincial para las explotaciones agropecuarias dedicadas a la fruticultura y la horticultura, debido a que se produjeron “una serie de contingencias climáticas que impactaron negativamente contra la producción”.

El decreto, firmado por el gobernador Jorge Sapag y refrendado por el ministro de Desarrollo Territorial, Leandro Bertoya, determina como productor beneficiario de asistencia por emergencia agropecuaria a “las personas físicas o jurídicas propietarios u ocupantes a cualquier título de explotaciones frutihortícolas”.

El ministerio de Desarrollo Territorial, a través de la subsecretaría de Producción y Desarrollo Económico, fue designado como autoridad de aplicación de la norma “a los fines de la ponderación de la afectación por daños a la producción o capacidad productiva de las explotaciones frutihortícolas, a los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley Nacional de Emergencia Agropecuaria Nº 26509″.

Además, en la parte ejecutiva del decreto, se faculta al ministerio de Desarrollo Territorial a dictar las normas complementarias necesarias para la correcta aplicación de la medida y se solicita “la homologación del presente decreto al ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, en el marco de la Ley Nº 26509 de Emergencia Nacional Agropecuaria, entendiéndose que la misma se encuadra en los términos de la resolución de la secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos N° 796/06, aclaratoria y complementaria para la aplicación del artículo 12° del Decreto N° 518/97, reglamentario de la citada Ley”.

En los considerandos del decreto se explica que las contingencias climáticas se caracterizaron por heladas tardías en la temporada 2009/2010 en los valles de los ríos Neuquén y Limay, con 23 jornadas entre agosto y octubre con temperaturas entre los 2 y los 5 grados bajo cero. A esto se sumó la caída de granizo con daños durante cinco días.

También se asevera que otra de las peculiaridades del clima la constituyó “una continuación de temperaturas más propias de la temporada primavera estival que, según estimaciones de la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas, superaron el 30 por ciento por debajo de la media nacional y regional”.

Se consigna que por los problemas generados por las contingencias climáticas y las condiciones financieras de los pequeños y medianos productores se hará “de muy difícil concreción la puesta en marcha de los programas sanitarios y afrontar los costos de producción de la próxima temporada, que garanticen la continuidad de los logros sanitarios alcanzados” por la provincia.

Se destaca que Neuquén implementa diferentes medidas de apoyo “a los efectos de disminuir las pérdidas económicas en los pequeños y medianos productores”. Menciona que entre las medidas se encuentran los incentivos a la producción a través del Premio Estímulo a la Sanidad, Calidad y Asociativismo, Condonación y Eximición del Pago del Impuesto Inmobiliario, Creación del Fondo Rotativo para el Control de Carpocapsa y diferentes líneas de créditos orientadas a la fruticultura, aunque indica que “no han sido suficientes para revertir la crisis actual generada por las inclemencias climáticas mencionadas”.