Declaran en emergencia económica y social y en estado de desastre al departamento Los Lagos

Declaran en emergencia económica y social y en estado de desastre al departamento Los Lagos

junio 16, 2011

Lo hizo el gobernador Jorge Sapag mediante el decreto 1125 firmado hoy en acuerdo de ministros. La declaración abarca fundamentalmente a Villa La Angostura y toda la región alcanzada “significativamente” por los efectos indirectos de la erupción volcánica.

El gobernador Jorge Sapag declaró la emergencia económica y social y el estado de desastre para el departamento Los Lagos debido a las consecuencias de la actividad eruptiva del complejo volcánico Puyehue-Cordón Caulle desde el 4 de junio pasado. Lo hizo hoy mediante el decreto 1125 firmado en acuerdo de ministros, con alcance “a cualquier otro espacio del territorio de la provincia del Neuquén que se vea directamente afectado por esta situación y que el Poder Ejecutivo Provincial certifique fehacientemente”.

En los fundamentos de la norma legal se menciona que el complejo volcánico, ubicado a 38 kilómetros de Villa La Angostura, afectó ya con su actividad al paraje El Rincón, en zona de frontera y a ciudades más alejadas -San Martín de los Andes, Junín de los Andes, Villa Traful, Zapala, Piedra del Águila, entre otras-.

Además, el texto indica la necesidad de sancionar una ley, cuyo proyecto se eleva a consideración de la Legislatura también en la jornada de hoy (ver nota aparte), con el fin de consolidar las acciones y programas en un marco legal adecuado. También se menciona que el gobierno provincial actuó de inmediato ante la aparición de un fenómeno que afectó profundamente la actividad económica de la zona –en los sectores del turismo, agropecuario, acuícola- con su impacto negativo en las fuentes de trabajo.

A continuación, se transcribe el texto completo del decreto 1125/11, que, además de la firma del gobernador tiene la de los ministros del gabinete: Zulma Reina, Coordinación de Gabinete; Esther Ruiz, Hacienda y Obras Públicas; Leandro Bertoya, Desarrollo Territorial; Alfredo Rodríguez, Desarrollo Social y Daniel Vincent, Salud:

“NEUQUÉN, 16 DE JUNIO DE 2011 .-

VISTO:

Los Decretos Nº 1003/11 y 1009/11; y

CONSIDERANDO:

Que el 04 de junio próximo pasado comenzó una erupción en el complejo volcánico denominado Cordón Caulle, ubicado en la República de Chile;

Que las poblaciones más afectadas por el volcán en el territorio provincial son Villa La Angostura, a 38 kilómetros del complejo volcánico, el paraje El Rincón, ubicado en zona de frontera y otras ciudades más alejadas como San Martín de los Andes, Junín de los Andes, Villa Traful, Zapala, Piedra del Águila, entre otras;

Que como medida de prevención y seguridad, mediante el Decreto Nº 1003/11, se declaró el estado de alerta máximo en la localidad de Villa La Angostura, zona de influencia y en toda la región alcanzada significativamente por los efectos indirectos provocados por la erupción;

Que el complejo volcánico continúa en actividad y consecuentemente se profundizan los inconvenientes que la emanación y depósito de arena y cenizas provocan a los pobladores que residen en el Departamento Los Lagos;

Que se ven afectadas las viviendas; los habitantes de la zona se encuentran expuestos a los efectos de las arenas y las cenizas volcánicas y ello exige medidas de prevención; también es dificultosa la circulación terrestre por la baja visibilidad y presencia de material volcánico en los caminos y existe riesgo de desmoronamientos en las rutas y zonas rurales;

Que el fenómeno ocasiona un fuerte impacto en las actividades agropecuarias, acuícolas, turísticas con incidencias negativas directas sobre las fuentes de trabajo que generan dichas actividades, disminuyendo intensamente el principal sustento económico de la población; Que el Gobierno de la Provincia desde el inicio, se hizo presente y adoptó inmediatamente medidas tendientes a paliar la situación provocada por la erupción volcánica, trabajando intensamente para asegurar los servicios esenciales en las localidades afectadas;

Que ante la prolongación de la actividad volcánica y su impacto negativo, se conformó una comisión de incidencia, en la localidad de Villa La Angostura integrada por comerciantes, empresarios, colegios profesionales, autoridades municipales y provinciales, la cual elaboró y elevó al Poder Ejecutivo Provincial un plan de acción y un proyecto de ley de emergencia;

Que el Gobierno de la Provincia considera indispensable elevar a la Honorable Legislatura Provincial un proyecto de ley de emergencia en similares términos a los propuestos por la comisión mencionada, con el fin de contar con el marco legal apropiado para la implementación de medidas tendientes a paliar la grave situación;

Que la sanción de leyes demanda tiempos ineludibles, y hasta tanto se concrete la sanción de la ley de emergencia, que se elevará a la Honorable Legislatura Provincial, el Gobierno de la Provincia considera imprescindible dictar la presente norma con el objeto de brindar una herramienta útil que permita adoptar medidas impostergables para la recuperación de la zona castigada;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

D E C R E T A:

Artículo 1º: DECLÁRASE el estado de emergencia económica y social y el estado

de desastre ambiental en el Departamento Los Lagos, Provincia del Neuquén, afectado por la erupción producida en el complejo volcánico denominado Cordón Caulle, ubicado en la República de Chile. Esta declaración incluye cualquier otro espacio del territorio de la Provincia del Neuquén que se vea directamente afectado por esta situación y que el Poder Ejecutivo Provincial certifique fehacientemente.

Artículo 2º: CONVÓCASE a todos los organismos e instituciones públicos y pri-

vados, nacionales, provinciales y municipales a colaborar y brindar asistencia a los pobladores del Departamento Los Lagos, Provincia del Neuquén, solidarizándose con la situación de emergencia que atraviesan.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado en Acuerdo General de Ministros.

Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.

Es copia Fdo.: SAPAG

REINA

RUIZ

BERTOYA

RODRÍGUEZ

VINCENT