Régimen Transitorio para venta de fruta en el mercado interno

Régimen Transitorio para venta de fruta en el mercado interno

febrero 17, 2009

Lo resolvió el área de Producción de la Nación, la medida comenzó a aplicarse el viernes pasado y continuará hasta el 31 de mayo del 2009. Beneficia a productores de Río Negro y Neuquén que tengan hasta 15 hectáreas de fruta de pepita.   

De acuerdo con la publicación del Boletín Oficial de la República Argentina, el viernes pasado a través de la resolución 109/2009 entró en vigencia el Régimen Transitorio para pequeños y medianos productores que acondicionan fruta con destino al mercado interno.

En la publicación se indicó que la secretaría de Ganadería, Pesca y Alimento s resolvió en el artículo 1º autorizar hasta el 31 de mayo del presente año el acondicionamiento y envasado de manzanas y peras, identificación de envases y comercialización, según el régimen transitorio de excepción para pequeños y medianos productores de peras y manzanas que acondicionan fruta con destino al mercado interno.

En el artículo 2º se indica  que los productores que quieran adherirse a la operatoria deberán tener fincas con una superficie de hasta 15 hectáreas netas de fruta de pepita, según conste en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa).

Y en el artículo 3º se instruye al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Alimentaria  (Senasa) a incluir a los productores que adhieran al presente régimen en los programas de monitoreo de la inocuidad alimentaria referidos a los controles de contaminantes, como así también en los programas fitosanitarios vigentes.

Por su parte, en los anexos se indica que la presente resolución será de aplicación para todos aquellos productores de manzanas y peras de la zona de los valles de los ríos Negro, Neuquén, Limay y Colorado de la Patagonia.