[►] Provincia busca reforzar los derechos a la identidad y escolaridad de los menores

El director de Registros Civiles de la provincia, Santiago Nuñez, informó que a la brevedad comenzará a regir la Ley N° 2997, mediante la cual el Gobierno de la provincia de Neuquén se hará cargo del costo de la primera renovación de DNI para niños desde los cinco hasta los ocho años de edad.

El funcionario explicó que la medida pretende beneficiar a unos 12 mil niños por año y aclaró que el único requisito para acceder a la gratuidad del trámite es que los menores se encuentren escolarizados. Con esta condición se buscan garantizar dos derechos fundamentales, detalló: “por un lado el derecho a la identidad y por otro el derecho a la educación”.

“Aquellos padres que acrediten que sus hijos están escolarizados, a través del certificado de escolaridad emitido por el establecimiento al que concurran, podrán gozar de esta franquicia, en la cual el estado provincial asume el costo que tiene la primera renovación de DNI”, señaló el director.

Asimismo recordó que actualmente dicho trámite tiene un valor de 60 pesos, mientras que el primer DNI –que corresponde al de recién nacido- tiene un costo cero. “En este caso la provincia de Neuquén avanza un poco más y absorbe también el importe de la renovación, a la vez que se garantizan dos derechos primordiales”, precisó.

Estimó que “el proceso de gratuidad de la renovación de DNI estará en marcha en un plazo de 10 o 15 días, puesto que ya está en el Poder Ejecutivo para su promulgación”.

Apellidos

En otro orden, Nuñez también hizo referencia a la tendencia de registrar a los niños con el apellido materno, que se ha visto reforzada a partir de este año.

“Observamos que los padres han empezado a optar por registrar a los chicos con el apellido materno, más allá de existir filiación tanto materna como paterna, principalmente en los matrimonios más jóvenes”, puntualizó el funcionario.

En este sentido, explicó que “mucha gente entendió que el tema de poner primero un apellido u otro no tiene que ver con la lógica antigua de que uno es más hombre si sus hijos llevan el apellido paterno”.

Nuñez comentó que “lo que se observa en los registros es que la mayoría de los padres está optando por poner los dos apellidos y en varios casos se inscriben primero con el de la madre”.

Aunque aclaró que no son muchos los casos, recordó que “al promediar el año pasado -con la puesta en marcha del nuevo Código Civil- no se observaban registros de apellidos compartidos o que le dieran prioridad al apellido materno”.

Cabe recordar que en Argentina, la Ley 18.248, en los artículos 4 y 5 establecía que el niño debía llevar el apellido del padre, en tanto que el doble apellido era de carácter optativo, pero el orden establecía primero el del padre y luego el de la madre.

Primera ruptura de unión convivencial

Como director de Registros Civiles de la provincia, Nuñez fue el encargado de comunicar la primera ruptura de unión convivencial que se da en la provincia. Esta modalidad de concubinato legal se puso en marcha en febrero de este año y cuenta a la fecha con alrededor de 650 uniones registradas en todo el territorio neuquino.

Al respeto el funcionario expresó “en este caso vinieron juntos y presentaron el formulario de ruptura. De no ser posible que concurran juntos, deben acreditar una notificación fehaciente, para lo cual la forma más clara es a través de una carta documento que acredite que se ha roto el vínculo. A partir de ese momento, una de las partes debe acercarse hasta el Registro Civil con la carta documento y el formulario y dejar registrada la ruptura”.

“Esta es la primera pareja arrepentida desde que se puso en marcha la unión convivencial”, indicó Nuñez, quien destacó que “por lo pronto la gran mayoría mantiene ese vínculo”.

El director, recordó que con la unión convivencial, para lo cual se requieren dos años de concubinato- se reconocen derechos de tipo previsional (poder acceder a la jubilación o a la pensión de la partes que se han unido), permite la posibilidad de establecer pactos de manutención tanto de los hijos en común como de los hijos de la otra parte y garantiza derechos de acceso a la obra social.