Primer decreto provincial con firma digital

El gobernador Omar Gutiérrez rubricó esta mañana en su despacho de gobierno el primer decreto provincial con firma digital. Se trata del decreto Nº 1248 que promulga la Ley Nº 3017 de Impersonalidad de los actos de gobierno, sancionada por la Legislatura el pasado 23 de agosto.

“Esto sirve para modernizar el funcionamiento de las instituciones, es un compromiso que asumimos para evitar la duplicación de esfuerzos, para ganar tiempo, favorecer la actividad pública y estar cada día más cerca de la gente”, expresó el gobernador.

El marco legal de la firma digital está establecido por la ley nacional N° 25506 y la ley provincial N° 2578, que fue reglamentada por el Decreto 444/11. La estructura organizacional de soporte a la misma cuenta con la ONTI  como la autoridad certificante y  la SGP como autoridad de registro. Se trata de un paso clave en el proceso de transformación digital en la gestión del gobierno provincial, sumando a la reciente ley 3.002 del Expediente Digital, que se encuentra en proceso de reglamentación.

El uso de la firma digital, la readecuación de los procesos administrativos para poder aprovechar todas sus ventajas y compartir datos on-line entre los distintos organismos dentro del modelo de integrabilidad provincial permiten avanzar en el proceso de desburocratización que establece la ley provincial Nº 2819.

Gutiérrez señaló que a partir de ahora la firma digital se va a implementar en todos los decretos, ya que “sólo hay que tener una computadora cerca para poder hacer el trámite en cualquier lugar: el despacho, un barrio, cualquier institución” y anticipó que “se va a extender a todos los actos administrativos como resoluciones ministeriales y disposiciones”.

Comentó que la firma digital “también es muy importante porque genera un ahorro de papeles y trámites” y agradeció al titular de la secretaría de Gestión Pública, Rodolfo Laffite y todo su equipo “por el trabajo de informática realizado para concretar este paso”.

“Queremos avanzar en tener un Estado presente, activo y moderno que facilite el desarrollo de la ciudadanía y la accesibilidad a la información. No sólo la actividad privada sino que también el sector público tiene que adecuarse a la modernización para dar cada día más y mejores servicios a la ciudadanía”, finalizó.

Ley de impersonalidad

La Ley de Impersonalidad de publicidad de actos de gobierno pone límites a la utilización de la publicidad oficial y la pauta de gobierno con fines exclusivos de promoción personal de los funcionarios públicos.

La publicidad oficial en medios tradicionales deberá estar orientada a informar y a poner en valor principios y lineamientos generales de la gestión de gobierno. Bajo ningún punto de vista puede utilizarse con el único objetivo de la promoción personal.

De esta manera, no se incluirá la firma y nombre en publicidad gráfica ni spots de TV y radio, como tampoco la sola imagen del funcionario público con el único objetivo de darse a conocer.