Presentan proyecto de ley de modificación de sanciones a petroleras

Presentan proyecto de ley de modificación de sanciones a petroleras

abril 5, 2011

Buscan elevar el monto de las multas por contaminación hasta un máximo de un millón de pesos en efectivo.

El subsecretario de Medio Ambiente, Ricardo Esquivel, informó este martes que se elevó a la Legislatura neuquina un proyecto de ley para modificar el régimen de sanciones de la ley provincial Nº 1875. Según indicó, el escrito establece que se impondrán multas de 5 mil a 1 millón de pesos en efectivo a las empresas de la actividad hidrocarburífera que contaminen. Los fondos recaudatorios ingresarán a una cuenta especial que este organismo público dispondrá en el Banco Provincia de Neuquén (BPN).

“Desde el Poder Ejecutivo se envió el proyecto de modificación de la ley Nº 1875, en su artículo 29, relacionado con la aplicación de sanciones, para que sea tratada en comisión”, explicó. Y agregó que la propuesta incluye “distintos montos económicos de acuerdo a la gravedad de las infracciones, que modifican el máximo actual de 100 mil pesos a 1 millón de pesos”.

En el caso de las compañías que “infrinjan o incumplan las disposiciones de dicho marco legal o sus normas reglamentarias”, precisó, las multas ascenderán “de 12 mil a 1 millón de pesos”. Las empresas que “incumplan o violen las órdenes o resoluciones impartidas o dictadas para el cumplimiento de esta ley o sus normas reglamentarias”, en tanto, deberán pagar “de 8 mil a 750 mil pesos”, añadió.

Dijo también que se propone que las firmas que “desobedezcan o rehúsen cumplir en tiempo y forma toda orden impartida por los funcionarios o inspectores ambientales en el ejercicio de sus funciones” afronten multas de “5 mil a 500 mil pesos”.

En los casos de reincidencia, es decir, una infracción cometida dentro de los 12 meses de sancionada la anterior, “las multas se incrementarán a razón del 50 por ciento del mínimo y el 25 por ciento del máximo de cada escala escrita anteriormente”, puntualizó.

El proyecto contempla que la firma sancionada tenga la obligación de pago en dinero en efectivo del modo en que lo establezca la autoridad de aplicación, o sea, la subsecretaría de Medio Ambiente. Además, en la propuesta se aclara que la empresa que reciba una multa deberá pagarla dentro de los cinco días de notificada la infracción. Si no lo hace, la autoridad de aplicación “podrá imponer un adicional diario a razón de una suma equivalente al 10 por ciento de la multa impuesta por cada día de mora”, según comentó Esquivel.

El escrito indica también que todo lo que se recaude en concepto de multa ingresará en una cuenta en el BPN a nombre de la subsecretaría de Medio Ambiente, organismo que se encargará de la administración de los fondos.