Neuquén fue reelecta para presidir el Consejo Federal del Catastro

Los representantes del gobierno provincial continuarán presidiendo el Consejo en el período 2016-2018.

La provincia del Neuquén fue elegida nuevamente para presidir el Consejo Federal del Catastro (CFC) durante el período 2016-2018. La determinación se tomó durante una reunión que se desarrolló el viernes en la sede del Instituto Geográfico Nacional, en la ciudad de Buenos Aires, y de la que participó el director provincial de Catastro, Hugo Gatica.

En la oportunidad, se presentaron dos propuestas de gestión, una de la provincia del Neuquén y la restante por parte de la provincia de Buenos Aires, siendo elegida una vez más la neuquina.

Desde 2014 Neuquén preside este organismo, que se encuentra trabajando en equipo para construir los consensos necesarios para lograr la plena aplicación de la Ley Nacional de Catastro N° 26.209, pues la misma impacta tanto en la equidad tributaria, en la seguridad del tráfico inmobiliario y el libre acceso a la información del Estado.

En este contexto, se ha logrado la emisión de declaraciones definiendo conceptos importantes del catastro territorial y que son citados por la ley, tales como Objetos Territoriales Legales y el rol de los catastros modernos o catastros multipropósitos, entre otros. Además se editó un material bibliográfico conteniendo las metodologías valuatorias aplicadas en las diversas provincias para calcular el valor fiscal inmobiliario.

El Consejo Federal del Catastro (si bien existe y funciona desde 1958) ha recibido su marco normativo con la Ley Nacional de Catastro N° 26.209, promulgada el 15 de enero de 2007.

Ley Nacional de Catastro N° 26.209

Esta norma en su artículo 1º indica que los catastros de las provincias y de la ciudad autónoma de Buenos Aires son los organismos administradores de los datos correspondientes a objetos territoriales y registros públicos de los datos concernientes a objetos territoriales legales de derecho público y privado de su jurisdicción. Constituyen un componente fundamental de la infraestructura de datos espaciales del país y forman la base del sistema inmobiliario en los aspectos tributarios, de policía y ordenamiento administrativo del territorio.

En cuanto a la creación, en su artículo 15 dice: “Créase el Consejo Federal del Catastro, el que estará integrado por todos los catastros de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de cumplir con las finalidades establecidas en la presente ley, quienes dictarán sus normas para su organización y funcionamiento”.

Finalmente bajo el apartado del Capítulo VI de Disposiciones complementarias o transitorias, el artículo 16 considera que las provincias y la ciudad autónoma de Buenos Aires deberán, a través del CFC, contribuir a la adecuada implementación de políticas territoriales, a la administración del territorio, al gerenciamiento de la información territorial y al desarrollo sustentable, en concordancia con el rol que compete al catastro como un componente fundamental para la infraestructura de datos espaciales del país.

El CFC contribuirá a coordinar las metodologías valuatorias con la finalidad de unificar criterios, destinados a informar a los organismos tributarios pertinentes en toda la Nación.