Licencia con goce de haberes para agentes del CPE víctimas de violencia

El gobierno de la provincia de Neuquén oficializó a través del decreto Nº 1324/17 la licencia con goce de haberes para todas aquellas agentes dependientes del Consejo Provincial de Educación (CPE) que sean víctimas de violencia. La disposición fue rubricada por el gobernador Omar Gutiérrez y los ministros de Educación, Cristina Storioni y de Gobierno y Justicia, Mariano Gaido.

La norma estipula el otorgamiento de la licencia a todo agente femenino dependiente del CPE que sufra violencia, entendida ésta como el padecimiento de alguna afección física o mental, o que implique un riesgo a su seguridad personal y que esté motivada por una acción dañosa recibida de manera directa, tanto en el ámbito público como privado.

El decreto versa sobre la necesidad de brindar herramientas y generar condiciones que favorezcan la situación que padece la víctima de violencia, garantizándole la estabilidad de empleo, la intangibilidad de sus haberes, la confidencialidad de la información, así como la integración del núcleo familiar en el caso de corresponder.

Asimismo, la normativa considera que “el Estado debe promover y desarrollar políticas públicas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, asistiendo a las damnificadas en forma integral, reconociendo y garantizándoles los decretos otorgados por Constitución Nacional, Tratados, Pactos y Convenciones Internacionales”.

Aplicación

El beneficio podrá ser otorgado cualquiera sea la condición de revista de la agente (titular, interina o suplente), la antigüedad en el cargo u las horas/cátedra que posea. Para hacer uso de la licencia, la víctima deberá completar la planilla PL12 (formulario de solicitud de licencia) donde se informará con el número de la presente resolución el motivo de la licencia requerida. A su vez se deberá adjuntar una certificación médica extendida por un profesional competente y la denuncia policial correspondiente, y/o justificación emitida por los servicios de atención y asistencia a las víctimas de violencia, y/o Poder Judicial.

El decreto también precisa que los certificados y constancias mencionados anteriormente deberán expresar la cantidad de días y presentarse en sobre cerrado la historia clínica y la denuncia en un plazo no mayor de 72 horas hábiles.

Además, con el propósito de hacer efectiva la protección y el derecho integral a ser asistida integralmente, la agente tendrá derecho a que sea considerada la reducción de jornada de trabajo o la reubicación de lugar de trabajo.

La dirección provincial de Administración de Recursos Humanos del CPE generará el código necesario para el uso de la licencia adoptada. El decreto conservará su vigencia hasta tanto el Poder Legislativo exprese su voluntad mediante la Ley correspondiente.