Intérpretes de la región podrán registrarse en AADI

La subsecretaría de Cultura informó que la Segunda Feria Provincial de la Música contará con la participación de integrantes de la Asociación Argentina de Intérpretes (AADI), que realizarán acciones de promoción y asesoramiento a músicos intérpretes de la región. La feria tendrá lugar de 17 a 22 en la EPET Nº 8, el sábado 21 de abril.

En el stand, los músicos podrán asesorarse sobre el cumplimiento de sus derechos de interpretación, contemplado en el artículo 56 de la Ley N° 11.723, de Régimen legal de la Propiedad Intelectual. De esta manera, músicos intérpretes y partícipes de una obra que estén registrados en la AADI podrán percibir las regalías correspondientes por la difusión de sus obras en emisoras de radios.

El acceso pleno al derecho de propiedad intelectual otorga a los autores derechos exclusivos para la utilización de sus obras o autoriza a que otros lo hagan, recibiendo una retribución por ello.

La Asociación Argentina de Intérpretes, entidad sin fines de lucro, es responsable de la administración y distribución de los derechos que indica la Ley N° 11.723. Nuclea a todos los artistas intérpretes del país y representa a los extranjeros para la administración de sus derechos de interpretación en la Argentina.

Por única vez, los músicos y músicas intérpretes podrán conocer la institución y realizar distintos trámites como la liquidación de las series de derecho de intérpretes pendientes, confección de declaraciones juradas de nuevas grabaciones (registro de obras) y altas de nuevos socios.

Requisitos para formar parte de la AADI

Para mayores de 18 años

Presentar original y copia de DNI o pasaporte.

Presentar LP, cassette o CD (no copias caseras) editados en Argentina, en donde deben figurar el nombre o pseudónimo del autor en la ficha técnica para acreditar su participación. Además, deberá ir acompañado con copia de tapa, contratapa y ficha técnica.

Si el intérprete es integrante de un conjunto, deberá informar los datos completos de los integrantes del conjunto (nombre y apellido, y DNI).

Si los integrantes de un conjunto no están especificados en la ficha técnica y figuran con pseudónimos, se deberá adjuntar una certificación original con firma del responsable del sello discográfico o estudio de grabación, acreditando su participación en el conjunto. Esta certificación deberá ser confeccionada en papel membretado con los datos del intérprete que utiliza el pseudónimo.

Para menores de 18 años

Al momento de realizar el trámite, además de los requisitos anteriores, deberán estar acompañados por madre, padre o tutor.

Presentar partida de nacimiento o certificado de emancipación en caso de corresponder.

Para intérpretes fallecidos

Los herederos legales, podrán asociar al causante, mediante la presentación de la Declaratoria de Herederos correspondiente.

Fortalecer los lazos institucionales entre organismos que hacen valer los derechos artísticos, y los músicos y músicas, es una tarea que continúa llevando a cabo esta gestión, renovando el compromiso de defender los intereses de todos los artistas de nuestra región.