Fallo a favor de los damnificados de los planes de ahorro de automotores

La Dirección Provincial de Protección al Consumidor, dependiente del Ministerio de Ciudadania, informó que la Justicia Civil dio la razón en el auto de imputación que elevaron hacia sociedades administradoras de planes automotrices. A estas empresas se les endilga conductas que se encontraban en violación a la normativa vigente, imputándoles los artículos 4° (deber de información), 8° bis (trato digno) y 37 (cláusulas abusivas) de la Ley de Defensa del Consumidor.

De esta manera, el Juzgado N° 1 confirmó la Disposición Sancionatoria N°10/21 por la cual se condena a seis de las siete imputadas: Volkswagen S.A. de ahorro para fines determinados; FCA S.A. de ahorro para fines determinados; Plan Rombo S.A. de ahorro para fines determinados; Chevrolet S.A. de ahorro para fines determinados; Plan Ovalo S.A. de ahorro para fines determinados y Círculo de Inversores S.A. de ahorro para fines determinados.

Solo a una proveedora –Toyota- le hicieron lugar a su recurso de apelación, entendiendo que la misma no había sido debidamente notificada desde los inicios de la queja en cuestión (esto es, desde el año 2019) no pudiendo participar de las mesas de conciliación que se hicieron a tal fin.

Asimismo, se describe que la sanción es administrativa, por lo que no influye en las cuotas de los ahorristas pero, al sentar jurisprudencia, les allana el camino a las damnificadas y damnificados por los planes de ahorro para presentar, con la ley y la sentencia favorable de esta Disposición, el reclamo judicial pertinente por el aumento desmedido de cuotas.

Al respecto, el ministro de Ciudadanía, Ricardo Corradi Diez manifestó: “Esta es una problemática que aqueja a centenares de consumidores y consumidoras de todo el país y este fallo sienta jurisprudencia a nivel provincial y nacional. Dicha resolución es un hito histórico que se produce gracias al trabajo, capacidad y compromiso de todo el equipo de la Dirección Provincial de Protección al Consumidor”.

Por su parte, la directora provincial de Protección al Consumidor, Miryam Zurita explicó: “La problemática de la excesiva onerosidad reflejada en las cuotas de los planes de ahorro viene desde el inicio del año 2019 y recién en esta gestión, con las nuevas autoridades, después de un arduo trabajo realizado por el organismo y en plena pandemia del COVID-19, se dispuso a elaborar el auto de imputación, dictamen de ratificación, norma legal sancionatoria, dictamen de admisibilidad de recurso de apelación más su consecuente norma legal de admisibilidad”.

“Desde Protección al Consumidor estamos sumamente satisfechos con este fallo porque por fin se le dio curso a un reclamo que ya llevaba más de un año y medio sin resolución. Esto sienta un precedente enorme porque es una instancia nunca antes vista en todo nuestro país que va a permitir que la justicia revea muchos de los casos de los suscriptores de los planes de ahorro”, dijo Zurita.