Facilitan trámites para escriturar viviendas

Está destinado a quienes ocupan un inmueble hace varios años y cuyos dueños originales fallecieron y no realizaron el trámite de sucesión, por lo cual los adquirientes no pudieron escriturar. Hoy se entregaron 15 escrituras a través de este procedimiento.

El gobierno de la provincia, a través del ministerio de Desarrollo Territorial, puso a disposición de la comunidad una oficina especial para iniciar los trámites de escrituración de viviendas y regularización de lotes urbanos, en aquellos casos en que los dueños originales de los inmuebles fallecieron y no realizaron el trámite de sucesión, generando dificultades a los adquirientes para escriturar dentro del régimen ordinario. A través de este procedimiento se entregaron 15 escrituras este mediodía en la ciudad de Neuquén.

Del acto de entrega participó el ministro de Desarrollo Territorial, Leandro Bertoya, junto al subsecretario de Tierras, Eduardo Ferraresso, y el presidente de la Agencia de Inversiones del Neuquén (ADI-NQN), Pedro Salvatori.

En la ocasión, Bertoya comentó que la entrega de escrituras se da “en cumplimiento de una ley nacional comúnmente llamada `Ley Pierri´ que nosotros en la provincia hemos utilizado para redactar nuestra propia ley (Nº2660) y que permite regularizar dominialmente con un bajo costo las viviendas de uso familiar único para los casos que se cuente con boleto de compraventa o que hayan residido durante un determinado plazo en ese lugar”.

“Además de esas 15 escrituras, hay 80 más que ya están en condiciones de ser entregadas y existen otras 300 que todavía están en proceso. Hay que destacar que este procedimiento no se realiza solamente en la ciudad de Neuquén, sino también en varios municipios adheridos. Es una tarea silenciosa que, si bien lleva muchas horas de dedicación, constituye una excelente posibilidad para los sectores más humildes”, indicó.

Por otro lado, el titular de la cartera de Desarrollo Territorial aseguró que “hay mucha gente que desconoce la existencia de esta ley y hay muchos que han perdido la confianza en la celeridad de los trámites y muchas veces no se acercan para dar inicio al trámite. Nosotros invitamos a todos los que han accedido a los títulos para que hagan de portavoces de la existencia de este programa y que los ayuden a acercarse a nuestras oficinas para que puedan resolver sus temas pendientes”.

Además, destacó que el procedimiento “tiene un costo económico muy bajo que se puede hacer en cuotas a través de un convenio con el Colegio de Escribanos, por lo cual recomiendo a todo aquel que se encuentre en situación irregular para tener la seguridad jurídica sobre el hogar, tanto para sus dueños como para sus descendientes”.

Trámites

Los trámites de regularización dominial se cumplimentan a través de la Unidad de Regularización Dominial, de acuerdo a lo establecido por la ley provincial Nº 2660 de Régimen de Regularización Dominial. Esta unidad fue creada para normalizar los estados de dominio de lotes urbanos que presentan dificultades para la obtención de los títulos definitivos dentro del régimen ordinario. Actualmente, la autoridad de aplicación de la entidad se encuentra bajo la órbita de la Coordinación General del ministerio de Desarrollo Territorial.

La norma permite comprobar la ocupación segura de los inmuebles luego de varios años y otorgar la seguridad de su posesión. En los últimos cinco años se regularizaron más de mil lotes en la ciudad de Neuquén.

Desde la Unidad de Regularización Dominial del ministerio de Desarrollo Territorial indicaron que “se trata de una ley simple, beneficiosa y muy social, porque con un bajo costo la gente puede obtener su título provisorio, primero por un término de diez años, período tras el cual la traslación de dominio es definitiva. La iniciativa tiene doble beneficio: por un lado se regulariza la propiedad para el vecino y por el otro le permite a la provincia el cobro de impuestos; y en paralelo se normaliza también el dominio con el municipio, habilitándolo al cobro de tributos”.

Desde 2003 hasta la fecha se realizaron 1.650 expedientes y se entregaron 1.200 escrituras en todo el territorio provincial. En este sentido, consideraron que “la comunidad debe conocer este mecanismo”. Hasta el momento “hay un 40 por ciento de propiedades en la provincia sin escriturar, entre privados y tierras fiscales. Por eso convocamos a los intendentes a que se adhieran a esta ley provincial y den a conocer a sus pobladores esta posibilidad”.

El trámite para los interesados difiere si el terreno es privado o municipal. En el primer caso, el municipio local no interviene; en caso contrario se pide la expedición de ese terreno y de los derechos que tiene la municipalidad para que la persona pueda escriturar. Al autorizarlo se inicia el trámite.

Una vez entregada la escritura, el organismo provincial no tiene más intervención. Si aparece alguna persona para oponerse a la titularidad pasa a ser un tema judicial.

Comisión de Fiscalización

Con la finalidad de corroborar la información fehaciente que brinda el interesado a la Unidad de Regularización Dominal se creó la Comisión de Fiscalización, para que se visite la vivienda del futuro beneficiario y verifique que esté viviendo en el lugar. De esta manera se corrobora su situación socio económica, se sacan fotos del inmueble y se verifica que está viviendo permanentemente en su vivienda única como residencia familiar.

Una vez realizado este procedimiento, el vecino firma en conformidad y queda registrado en el expediente. En el caso que no haya una construcción de vivienda, el expediente pasa a archivo.

Es indispensable que haya una construcción que esté habitada en carácter de vivienda familiar y la persona que quiere prescribir tiene que estar viviendo en el inmueble. Si se verifica ese lugar y se encuentra que vive otra persona, el trámite tampoco prospera. Lo mismo sucede cuando se acercan al lugar y se encuentran negocios o departamentos en alquiler, en este tipo de situaciones el trámite tampoco se realiza.

Por eso es importante la inspección que está a cargo de la Comisión de Fiscalización, comentó la coordinadora general del ministerio de Desarrollo Territorial, Yolanda Maiolo, y calificó la tarea como “fundamental, porque te pueden llenar un expediente de papeles y después cuando vas a realizar la verificación te encontrás con que no hay nadie, habita otra persona o directamente no hay construcción”.

Procedimientos administrativos

En el caso de la persona que realizó la compra del inmueble sólo con boleto de venta sin escrituración, puede presentarse ante la unidad “si demuestra que está viviendo permanentemente en su vivienda única y como residencia familiar en un terreno que no está a su nombre. Sólo de este modo puede prescribirse como titular”, se indicó.

Desde Desarrollo Territorial explicaron que el procedimiento administrativo consiste en generar un expediente y “la persona interesada llena una solicitud, delimita en un gráfico su terreno y trae toda la documentación pertinente”. Se deben entregar los boletos de compra venta o algún documento que acredite que la persona compró ese terreno.

Una vez que se cuenta con todos los papeles presentados por el interesado, la Unidad Dominial solicita informes al Registro de la Propiedad del Inmueble respecto de quién es el titular que figura como dueño de la vivienda. Se pide a Catastro la titularidad de ese inmueble y al Instituto Provincial de la Vivienda que constate que el interesado no sea adjudicatario de ningún otro inmueble.

Mientras se realiza este procedimiento, al dueño que figura en el registro del inmueble se le informa a través de cédulas de notificación que hay una tercera persona que quiere prescribir y se le establece un plazo para que se oponga o no. Al mismo tiempo se publican edictos en el Boletín Oficial y en los diarios regionales para informarle de la situación.

Una vez realizado este proceso administrativo, la ley establece un régimen de regularización dominial para los ocupantes que acrediten con anterioridad al 31 de diciembre de 1999 la posesión pública, pacífica y continua de lotes privados destinados como único fin a vivienda única y permanente de grupo familiar.

Finalmente, al vecino se le otorga una resolución del ministerio de Desarrollo Territorial para que luego pase por una escribanía y se gestione la escritura.

Requisitos para escriturar

-El inmueble tiene que ser residencia única y casa de familia.

-El vecino no debe tener otro inmueble a su nombre.

-El interesado debe vivir en su vivienda en forma permanente y acreditar más de tres años en el lugar a partir del 31 de diciembre de 1999.

Adhesión de los municipios

La ley no sólo se aplica en Neuquén, sino también en los municipios que quieran firmar convenios para adherirse a este mecanismo a través de una ordenanza emitida por cada Concejo Deliberante local. Hasta el momento se adhirieron las localidades de Centenario, Senillosa, Plottier, Junín de los Andes, Las Ovejas, Las Lajas y Chos Malal.

La falta de mensura no es un impedimento para obtener la escrituración. Los vecinos que no obtengan la mensura de su inmueble para prescribir, no es un impedimento a la hora de iniciar el trámite de prescripción. Para ello, el ministerio de Desarrollo Territorial firmó un acuerdo con el Consejo Profesional de Agrimensura, Geología, e Ingeniería de la provincia del Neuquén, con la finalidad de lograr un procedimiento eficiente en el marco de los trámites para el reconocimiento de titularidad dominial.

En el documento firmado se detalla que “en el procedimiento de regularización dominial resulta necesario en ciertos casos que el solicitante ejecute el plano de mensura del área que pretende regularizar, cuya realización en la práctica puede generar inconvenientes o retardos injustificados, ante la falta de experiencia del solicitante en la materia”.

“Ante tal situación -prescribe el acuerdo- y a efectos de acelerar el procedimiento de regularización dominial, como así también de dotar de asesoramiento profesional calificado al solicitante de la regularización, generando al mismo tiempo un marco de igualdad y transparencia en la contratación de los profesionales, se entiende apropiado concertar un convenio de colaboración entre el ministerio de Desarrollo Territorial y el Consejo Profesional de Agrimensura, Geología, e Ingeniería de la provincia del Neuquén, a efectos de que el solicitante pueda lograr la contratación de un profesional matriculado a precios objetivos de mercado”, detalla el documento.

Por ello, las partes consideraron la necesidad de que el consejo que nuclea a los agrimensores genere un registro de profesionales matriculados “que será implementado para habilitar la contratación de agrimensores matriculados por parte de quienes necesiten realizar planos de mensura en el marco del trámite de regularización dominial, en el procedimiento administrativo pertinente en trámite ante la Unidad de Regularización Dominial de la Provincia de Neuquén”.

Finalmente, se desarrolló un convenio que establece que cuando una persona quiere prescribir un lote y no tiene hecha una mensura, se le da un comprobante y va directamente al Colegio de Agrimensores donde le asignan a un profesional por sorteo y se pacta un precio. La mensura se registra en Catastro y luego en el Registro de la Propiedad del Inmueble.

Teniendo la nomenclatura catastral se puede iniciar el expediente. Una vez entregada la escritura hay diez años de plazo para que aparezca alguien y se oponga, aunque se trata de un tema judicial en el que no interviene el ministerio de Desarrollo Territorial.