Explican en la Legislatura el nuevo régimen para municipios y comisiones de fomento

Explican en la Legislatura el nuevo régimen para municipios y comisiones de fomento

abril 22, 2009

El ministro de Desarrollo Territorial, Leandro Bertoya, presentó ante los diputados provinciales los lineamientos generales de los proyectos de ley presentados por el Poder Ejecutivo para los municipios de segunda y tercera categoría y para las comisiones de fomento.

Bertoya informó que se trata de dos proyectos de Ley.

El ministro de Desarrollo Territorial, Leandro Bertoya concurrió esta mañana a la Legislatura provincial para reunirse con los diputados de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia y de Asuntos Municipales, Turismo y Transporte con el fin de exponer los lineamientos generales del proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo que establece un nuevo régimen para los municipios de segunda y tercera categoría y el proyecto para las comisiones de fomento.

El ministro informó que se trata de dos proyectos de Ley. Por un lado, “el de comisiones de fomento que no tienen una Ley que las regule y otro de municipalidades para municipios de segunda y tercera categoría que tienen la ley 53 en vigencia, pero que en función de las reformas constitucionales que ha tenido nuestra Carta Magna, ha perdido actualidad”.

En la actualidad, los municipios de segunda y tercera categoría están contemplados en la Ley Nº 53 Ley Orgánica Municipal que fue sancionada en el año 1958, mientras que las comisiones de fomento se rigen por el decreto 1759 del año 1994.

El funcionario aseguró que el objetivo de la presentación ante los legisladores es “evacuar las dudas que tengan los diputados sobre estas dos normas y escuchar propuestas para enriquecer el texto final si es necesario corregir algún párrafo”.

Indicó que, entre otros aspectos, los proyectos incorporan los conceptos de derechos y deberes de los ciudadanos que no están en la legislación vigente; se incorporan los institutos de democracia semidirecta, y de participación ciudadana como la banca del vecino, el referendo, la revocatoria y la audiencia pública.

Informó que se incluye el concepto de calidad en la gestión y el de responsabilidad fiscal, “se pone un límite a la cantidad de empleados de planta permanente del municipio y al gasto en los salarios de los empleados por parte de cada municipio como marca la Constitución, se establece que los ingresos se hacen por concurso público, y se establece la responsabilidad de los funcionarios por los actos que ejecuten o dejen de ejecutar”. El proyecto le fija también un límite a los gastos de la planta política.

Destacó que todos estos puntos están incluidos en la Constitución provincial y que “estaban esbozadas en la ley 53, pero lo que tiene de distinto esta propuesta es que los operativiza, es decir, si no se cumplen dice qué ocurre y tiene un carácter más imperativo”.

Consideró que es necesario “ir premiando a los que hacen las cosas bien y dejando a los que hacen las cosas mal que se hagan responsables de sus actitudes, tanto a nivel funcionarios como a nivel institución”, dado que, según explicó existen municipios que “como primera norma al inicio de una gestión han sancionado un aumento de sueldo a los concejales”, y hay otros que “no pueden pagar los sueldos con los aportes de la coparticipación provincial ni aún con aportes extraordinarios de la Provincia”.

Bertoya indicó que estos proyectos se presentan desde el ministerio a su cargo, que tiene la responsabilidad de la relación con los municipios y que se les ha derivado copia a todos municipios de segunda y tercera categoría del proyecto.