Eximen pago del impuesto inmobiliario a pequeños y medianos productores

El beneficio, aprobado por ley, alcanza a inmuebles rurales y subrurales dedicados a la producción agrícola intensiva bajo riego que se encuentren en actividad.

La Legislatura aprobó la Ley 2965, mediante la cual se condona el período 2014 y se exime el período 2015 del pago del Impuesto Inmobiliario a pequeños y medianos productores dedicados a la producción agrícola intensiva bajo riego.

La normativa aprobada el pasado 4 de noviembre fue promovida por el ministerio de Desarrollo Territorial, a través de la subsecretaría de Producción.

Establece que la condonación y eximición del tributo-según el período-, alcanza a inmuebles rurales y subrurales dedicados a la producción agrícola intensiva bajo riego en actividad pertenecientes a pequeños y medianos productores cuya unidad económica no supere las 50 hectáreas y se encuentre activa productivamente.

En el artículo séptimo se establece que la autoridad de aplicación es la subsecretaría de Producción a través de la dirección provincial de Desarrollo Productivo, ante quienes los adherentes deberán acreditar anualmente su condición de productores.

Desde ese organismo se expedirá la certificación correspondiente, que será elevada al ministerio de Economía y Obras Públicas para el otorgamiento efectivo de las condonaciones y eximiciones.

Cabe destacar que este beneficio se implementa en la provincia desde el año 2004, mediante la sanción de diferentes leyes provinciales.