El lunes 18 de mayo abre el Registro Único de Vivienda y Hábitat

El lunes 18 de mayo abre el Registro Único de Vivienda y Hábitat

mayo 4, 2009

Marcelo Sampablo, vicepresidente del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo (IPVU); y Julio Juárez, director de áreas sociales.
Se iniciará a partir del 18 de mayo un período especial de inscripciones con un horario ampliado de 9 a 17, en las oficinas del IPVU. Habrá un cronograma de atención de acuerdo con la terminación del documento de identidad.

Se iniciará a partir del 18 de mayo un período especial de inscripciones con un horario ampliado de 9 a 17, en las oficinas del IPVU. Habrá un cronograma de atención de acuerdo con la terminación del documento de identidad.

Se presentó esta mañana en conferencia de prensa el Registro Único Provincial de Vivienda y Hábitat (Ruprovi) creado por Ley provincial 2.639, sancionada en diciembre de 2008 con el objetivo de elaborar y mantener un registro estadístico sobre aspirantes de demandas de soluciones habitacionales sociales; evitar la doble inscripción de aspirantes en todo el ámbito territorial de la Provincia; y mantener on line la base de datos y actualizarla permanentemente, garantizando el acceso público a la misma.

La inscripción comenzará el próximo 18 de mayo en el horario de 9 a 17, en la sede del IPVU, Paimún esquina Ruta 22, y en la delegación de Antártida Argentina y Combate de San Lorenzo de barrio El Progreso. Estos centros estarán habilitados por tres meses, durante los cuales se establecerá un cronograma de atención de acuerdo a la terminación del documento de identidad de los aspirantes.

Posteriormente la inscripción y la actualización de datos serán permanentes, en horario administrativo.
En la conferencia de presentación estuvieron presentes el vicepresidente del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo (IPVU) Marcelo Sampablo; y el director de áreas sociales, Julio Juárez.

Allí se informó que los interesados deben concurrir con el DNI original de cada uno de los integrantes del grupo familiar y completar un formulario electrónico. La información se guardará en soporte informático, en una base de datos. “La persona que se inscribe recibe una constancia de los datos que quedan almacenados y la firma con carácter de declaración jurada”, especificó Sampablo.

Entre los requisitos para la inscripción, el aspirante debe contar en su DNI con domicilio en la localidad en la que se inscribe; ser mayor de 21 años o emancipado; no ser propietario de inmueble o haber recibido una vivienda o lote por parte del Estado, salvo que la solicitud sea para mejoramiento, refacción, ampliación o construcción en terreno propio; e informar sobre la vivienda o terreno que posee.

Se indicó además, que para inscribirse los interesados deben tener por lo menos un año de registro en el DNI de residencia en la provincia y recién podrán ser adjudicatarios los que cuenten con por lo menos cinco años de residencia.

La encuesta, que es un formulario online, lleva de 15 a 20 minutos para completarla por familia y se firma con carácter de declaración jurada, por esto, “hay que concurrir únicamente con los documentos originales del grupo familiar”, informó y agregó que recién en el caso de que sea adjudicado, “entonces sí se pide toda la documentación”.

La municipalidad de Neuquén también habilitará sedes para la inscripción y cada municipio o comisión de fomento establecerá su modalidad de inscripción. También las sedes del IPVU en el interior provincial estarán habilitadas para este trámite.

“Todos van a estar aportando a la única base de datos que es este registro de demanda, que no quiere decir que todas las personas que se inscriban van a tener una solución”, aclaró y destacó que el objetivo es “conocer la demanda. Hoy no conocemos la demanda, no sabemos exactamente cuál es la demanda y esto no permite hacer una correcta planificación de la política de vivienda”.

En este sentido, remarcó que “con todos inscriptos, sí podemos hacer una demanda y después ver con el presupuesto que tenemos, hasta donde alcanzamos y cómo lo conducimos”.

La ley 2.639 establece que los inscriptos podrán ser registrados en forma no excluyente en las modalidades de soluciones habitacionales de: plan de vivienda; lotes sociales; soluciones habitacionales por proyectos comunitarios, de ayuda mutua, esfuerzo propio y/o autoconstrucción asistida; y construcción, refacción o mejoramiento de vivienda única destinada al grupo familiar. Además, establece que el organismo de aplicación es el IPVU.

El titular de este organismo aclaró que es necesario planificar “el crecimiento de la tierra. Para los municipios es muy importante, porque sobre todo son quienes planifican el crecimiento de la tierra, entonces es muy importante conocer la demanda en ese lugar” y destacó que esta información no solo servirá a la actual gestión para su planificación, sino que será de utilidad para las gestiones venideras.

Se recordó que la última inscripción que se realizó desde el gobierno neuquino data del año 2004, en ese momento se había instrumentado a través de la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable (ADUS). “Estamos cruzando esa información de manera que esas personas que alguna vez estuvieron inscriptas figuren ya en la base de datos y que a lo sumo actualicen o completen los datos que pregunta esta inscripción”, dijo.

Por esto se indicó que las personas que ya se inscribieron figurarán en el registro, aunque sería conveniente que, una vez finalizada esta primera etapa de inscripción, actualizaran sus datos.

Explicó que esta inscripción es un primer paso que permitirá conocer la demanda y la necesidad real de soluciones habitacionales que existe en la provincia y a partir de allí se analizará “cómo hacemos para ir satisfaciendo esa demanda en función de las posibilidades que tiene el Estado ya sea a través de los municipios, o a través del gobierno provincial o de los aportes del gobierno nacional”.

“Lo único que se pretende es transparentar la demanda, evitar que una persona esté inscripta en Plottier, en Senillosa y en Vista Alegre”, resaltó. Además, recordó que la Ley 2.639 “obliga a que los beneficiarios de una vivienda estén inscriptos en este Registro”.

En el caso de las entidades intermedias, como es el caso de las cooperativas o de los mismos municipios, deberán constar en la declaración de los aspirantes, dado que el sistema también puede realizar filtros a través de esta categoría. Los inscriptos bajo esta modalidad de todos modos deberán cumplir con todos los requisitos.

Aseguró que una vez que se finalice la actualización de los datos de adjudicatarios del IPVU, esta información también podrá cruzarse con la base de datos de inscriptos, “se está trabajando para actualizar todos estos datos. En función de esto, se irá resolviendo la situación habitacional”, dijo.

En este sentido, la ley establece que “el Registro Único Provincial de Vivienda y Hábitat estará abierto en el tiempo con carácter permanente. Al momento de la apertura e implementación de este Registro se incorporará, de oficio, a todos aquellos inscriptos en el Registro Único de Inscripción Permanente (RUIP) en la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable (ADUS), a todos los registros de los municipios que adhieran a la presente Ley, y a todos aquellos adjudicatarios de soluciones habitacionales sociales por operatorias nacionales, provinciales y municipales”.