El EPAS coloca micromedidores en Junín de los Andes

El EPAS coloca micromedidores en Junín de los Andes

noviembre 17, 2011

El organismo provincial informó que comenzó el proceso de colocación de esos dispositivos en los domicilios de la localidad cordillerana, con el fin de medir los consumos de los usuarios del servicio.

El Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS) comenzó a instalar micromedidores domiciliarios en Junín de los Andes, por lo cual, la provisión de agua potable ha comenzado a medirse paulatinamente en esa localidad, tal como lo establecen la Resolución Nº 0886/11 y el Decreto Nº 1137/82.

La instalación de estos dispositivos, informó el organismo, “ha sido uno de los requerimientos más fuertes realizados por la comunidad de Junín de los Andes, tal como ha quedado refrendado en los sucesivos convenios rubricados entre el EPAS y las autoridades municipales”.

Además, se indica que “la colocación de medidores tiene por objetivo contabilizar la cantidad de agua que pasa a través de él para que el usuario controle su consumo y está destinada a alentar el uso responsable del agua, disminuyendo el derroche, generando una forma justa y eficiente de abonar el servicio”.

En una primera etapa, se instalarán 350 medidores en las viviendas de los barrios Jardines del Chimehuín, 150 Viviendas, Lonquimay y en los denominados grandes consumidores, comercios que utilizan el agua como materia principal. Las viviendas elegidas fueron determinadas en función de las características de la red de distribución de agua potable, ubicación geográfica de los barrios y de acuerdo a las reglamentaciones vigentes.

La provisión de los micromedidores, cuya instalación estará a cargo de la empresa Omega SRL, demandó una inversión superior a 649.987,38 pesos, con un plazo de ejecución de 90 días.

Respecto de esta iniciativa, el presidente del EPAS, Nelson Damiani, sostuvo que “desde el organismo, entendemos que el sistema de medidores de agua es el método más justo para abonar el servicio, ya que cada usuario paga por lo que efectivamente consume”.

A continuación, se transcribe textualmente la resolución Nº 0886/11 firmada y sellada por el presidente del organismo, el pasado 14 de Octubre.

 

VISTO:

El Expediente Nº 4865-013797/11 – EPAS, generado por la Gerencia General de Servicios del Interior, en relación a la colocación de medidores de agua en la localidad de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén; y

 

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo estipulado por Decreto Provincial Nº 1137/82, se incluye como forma de facturación el Régimen de Cobro por Consumo Real;

Que de acuerdo a la normativa vigente, se establece por Resolución Nº 0450/09 – EPAS, la obligatoriedad de instalar un micromedidor en gabinete de pared en todas las conexiones nuevas que se realicen en servicios mantenidos y operados por el EPAS;

Que este principio trae aparejado la regularización en todas las áreas en el radio de facturación;

Que ha sido aprobada la Obra: “COLOCACIÓN DE MEDIDORES”, en la Localidad de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, próxima a iniciarse.

Que en virtud del Convenio firmado entre las autoridades del EPAS y el señor Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, se establece como prioritaria la necesidad de instalar micromedidores;

Que a raíz de la voluntad expresada por los vecinos de la Localidad, de público conocimiento en la prioridad de la colocación de medidores de caudales, se analizaron las áreas a instalar dichos medidores, con el objeto de cumplir lo expresado por los mismos, estableciendo una factura real y ajustada a los verdaderos consumos;

Que asimismo, la colocación de medidores tiene por objetivo contabilizar la cantidad de agua que pasa a través de él, para que el usuario controle su consumo, y está destinada a alentar el uso responsable del agua, disminuyendo el derroche y generando una forma justa y eficiente de abonar el Servicio.

Que lo ordenado en la presente, se halla en el marco de las facultades que el EPAS tiene emanadas por la Ley de Creación 1763 Artículos 2º y 3º, por la Ley 0899 Código de Aguas y el Reglamento de Instalaciones Sanitarias;

Que la presente Resolución cuenta con dictámenes técnicos favorables;

 

Por ello:

 

EL DIRECTORIO DEL ENTE PROVINCIAL DE AGUA Y SANEAMIENTO

RESUELVE:

 

Articulo 1º.- ESTABLÉZCASE que el inicio de las Obras se determina en virtud de las características de la red de distribución de agua potable, topografía de la Localidad, necesidades del Servicio y planificación de las áreas de medición.

Articulo 2º.- DETERMÍNASE la obligatoriedad de la instalación de medidores de caudales en todo el ámbito de la Localidad de Junín de los Andes, ajustado a lo establecido en el Artículo 1º.

Articulo 3º.- ESTABLÉZCASE que todas aquellas áreas no comprendidas en esta Primera Etapa de instalación de medidores y existiendo la voluntad anticipada por parte del usuario de instalar el caudalímetro, el mismo deberá realizarlo por cuenta propia estando a su cargo el costo total de la instalación, de acuerdo a lo normado para tal fin.

Articulo 4º.- FÍJASE como costo derivado de la instalación del caudalímetro por parte del EPAS, la suma de Pesos Un Mil Doscientos Cincuenta con 00/100 ($ 1.250,00), hasta el día 31 de diciembre de 2012, Artículo 3º Decreto Nº 1159/11.

Articulo 5º.- ESTABLÉZCASE que el valor fijado en el Artículo 4º podrá abonarse en hasta cuarenta y ocho (48) cuotas, según lo normado para planes de financiamiento, Resolución Nº 1089/09.

Articulo 6º.- DETERMÍNASE que el valor fijado en el Artículo 4º se imputará automáticamente al estado de cuenta del usuario, en función del informe emitido por la delegación Servicios del Interior Zona Sur, sobre instalación de medidores de agua.

Articulo 7º.- FACÚLTASE a la Gerencia General de Servicios del Interior y la Gerencia Comercial, a través de sus Delegaciones, a llevar adelante todo el proceso enmarcado en los Artículos anteriores.

Articulo 8º.- NOTIFÍCASE a la Gerencia General del Servicios del Interior y a la Gerencia General Administrativa y Comercial.-

Articulo 9º.- Comuníquese, regístrese y archívese.