El CPE adelantó el receso invernal en las localidades más afectadas por el volcán

El CPE adelantó el receso invernal en las localidades más afectadas por el volcán

junio 17, 2011

Todos los establecimientos educativos de Villa La Angostura, Villa Traful, Cuyín Manzano e Isla Victoria comenzaron las vacaciones el miércoles 15 de junio. El reinicio de clases dependerá de las decisiones adoptadas por los organismos especialistas en la materia y el posterior acondicionamiento de los edificios escolares.Ver Resolución 762 del CPE.

El Consejo Provincial de Educación (CPE) decidió adelantar el receso de invierno en todos los establecimientos educativos de Villa La Angostura, Villa Traful, Cuyín Manzano e Isla Victoria. La decisión se tomó por la imposibilidad de dictar clases con normalidad ante la presencia de cenizas del volcán Puyehue Cordón Caulle y entró en vigencia el miércoles 15 de junio.

La resolución del CPE fue firmada por la subsecretaria de Educación, Patricia Ruiz y lleva el número 762. Dispone que la finalización del receso dependerá de las permanentes evaluaciones y decisiones adoptadas por los organismos especialistas en la materia y el posterior acondicionamiento de los edificios escolares.

La resolución del CPE tuvo en cuenta el decreto 1003/11 del Poder Ejecutivo Provincial, que “declara en alerta máxima a la localidad de Villa La Angostura, zona de influencia y toda la región alcanzada significativamente por los efectos indirectos provocados por la erupción” y “en estado de prevención a todo el territorio de la provincia”.

En los considerandos de la resolución se indica que “es necesario adoptar medidas de seguridad en los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades emplazados en las localidades declaradas en alerta máximo, a fin de paliar los efectos de la arena o sílice proveniente del volcán, que afectan sensiblemente a los habitantes en su salud y en el desarrollo normal de las actividades”.

Además se destaca que “las localidades de Villa La Angostura, Villa Traful, Cuyín Manzano e Isla Victoria se encuentran en situación crítica, lo que hace imposible el normal dictado de clases e incide directamente en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumno, razón por la cual resulta pertinente adecuar la fecha establecida en el Calendario Escolar Único Regionalizado 2010/2011 para la realización del Receso Invernal”.

Texto completo de la resolución:

PROVINCIA DEL NEUQUÉN

CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N 0762

EXPEDIENTE N° 5225-002611/10

NEUQUÉN, 15 JUN 2011

VISTO:

El Decreto Provincial 1003/11, firmado por el Poder Ejecutivo en Acuerdo General de Ministros; y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Decreto declara en alerta máximo la localidad de Villa La Anqostura, zona de influencia y toda región alcanzada significativamente por los efectos indirectos provocados por la erupción producida en el complejo volcánico denominado Cordón Caulle, ubicado en la República de Chile y en estado de prevención a todo el territorio de la Provincia del Neuquén;

Que es necesario adoptar, medidas de seguridad en los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades emplazados en las localidades declaradas en alerta máximo, a fin de paliar los efectos de la arena o sílice proveniente del volcán, que afectan sensiblemente a los habitantes en su salud y en el desarrollo normal de las actividades;

Que las localidades de Villa la Angostura, Villa Traful, Cuyín Manzano e Isla Victoria se encuentran en situación crítica, lo que hace imposible el normal dictado de clases e incide directamente en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumno, razón por la cual resulta pertinente adecuar la fecha establecida en el Calendario Escolar Único Regionalizado 2010/2011, para la realización del Receso Invernal;

Que la finalización del receso dependerá de las permanentes evaluaciones y decisiones adoptadas por los Organismos Especialistas en la materia y el posterior acondicionamiento de las unidades edilicias que garanticen el, normal dictado de clases;

Que corresponde dictar la norma legal pertinente;

Por ello y en atención a las atribuciones conferidas por el Artículo 12°) Inciso “d” del Decreto Reglamentario NO572/62 de la Ley 242;

LA SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN Y PRESIDENTA DEL

CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DEL NEUQUÉN

RESUELVE

1°) DETERMINAR que el Receso de Invierno para los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades de enseñanza que se encuentren emplaza en las localidades de Villa La Angostura, Villa Traful, Cuyín Manzano e Isla Victoria, dará inicio el 15 de junio de 2011.

2°) DISPONER que la finalización del receso dependerá de las permanentes evaluaciones y decisiones adoptadas por los Organismos Especialistas en la materia y el posterior acondicionamiento de las unidades edilicias que garanticen el normal dictado de clases.

3°) ESTABLECER que por las Direcciones de Nivel correspondientes se efectuarán las notificaciones de práctica.

4°) REGISTRAR y dar conocimiento a Vocalías; Dirección General de Despacho; Dirección General de Nivel Primario; Dirección General de Nivel Inicial; Dirección de Educación de Adultos; Dirección de Educación Mapuche e Intercultural; Dirección General de Nivel Medio; Dirección General de Enseñanza Técnica y Formación Profesional; Dirección de Formación Profesional; Dirección General de Nivel Superior; Dirección General de Centro Único de Apoyo Pedagógico e Investigación: Dirección Centro de Documentación; Dirección de Educación Física; Dirección de Estético Expresiva; Dirección de Educación Especial; Dirección de Enseñanza Privada; Dirección Unidad Provincial de Educación para la Población Judicializada; Coordinación Institucional y Logística; Dirección de Planeamiento Educativo; Dirección Provincial de Administración; Dirección General de Recursos Humanos; Dirección de Sueldos; Junta de Clasificación Rama Primaria; Junta de Clasificación Rama Media; Junta de Clasificación Rama Adultos; Dirección General Distrito Regional Educativo IX; COMUNICAR la presente a las Direcciones de Nivel correspondientes a los fines establecidos en el Artículo 3°) y GIRAR el presente expediente a la Dirección General de Despacho. Cumplido, ARCHIVAR.