Continúa la inscripción de productores apícolas

Continúa la inscripción de productores apícolas

mayo 28, 2009

 Se trata del formulario unificado del Registro Nacional de Productores Apícolas que es obligatorio para quien posea más de cinco colmenas y cuya validez es de dos años.

El ministerio de Desarrollo Territorial informó hoy que continúa abierta la inscripción al Registro Nacional de Productores Apícolas (Renapa), que es la identificación con que cuenta el productor apícola según la Resolución Nº 857/06 de la secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación (Sagpya). El Renapa posee una duración de dos años y es obligatorio para todo aquél que posea más de cinco colmenas.

Los interesados en realizar este trámite deberán contactarse con la subsecretaría de Desarrollo Económico ante el director de Fiscalización, Daniel Sosa al (0299) 443-8803 y Valeria Malcotti al teléfono (0299) 449-5725. Los productores pueden acercase al referente apícola de la Agencia de Producción de su localidad.

El trámite consiste en completar el formulario unificado o planilla de inscripción en la que se solicita información general, como datos personales del productor para contactarlo. Además se piden datos de referencia de los apiarios como su establecimiento real, un croquis de ubicación, el número de colmenas y la autorización de su asentamiento.

Por otra parte, en la planilla debe explicarse el manejo del colmenar, a fin de saber qué enfermedades se controla y qué productos se utiliza para las curas. El formulario también pregunta acerca del grado de capacitación en la actividad apícola, cómo es la producción y cómo se comercializa.

El trámite se completará cuando el referente apícola verifique la ubicación de los apiarios declarados y constate la ausencia de asentamiento de otros apiarios a menor distancia de lo estipulado por Ley Provincial Apícola Nº 1796.

Finalmente, el referente entregará al productor una constancia de trámite de inscripción para retirar la credencial una vez que se verifiquen los datos declarados.

Apicultores Neuquinos

Al circular por las Barreras Internas, los apicultores deberán contar con el Renapa vigente, la autorización de trashumancia expedida por la autoridad de aplicación que incluye el permiso de asentamiento. De este modo, aquellos productores que realizan trashumancia dentro del territorio provincial tienen la obligación de informar el cambio de asentamiento a la autoridad de aplicación, a fin de obtener la autorización para su traslado.

Es obligatorio para el control de plagas y enfermedades utilizar únicamente productos autorizados por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), dicha práctica se controlará a través de monitoreos e inspecciones realizadas por la dirección de Fiscalización.

Por otro lado, los apicultores de otras provincias deberán contar con el Renapa vigente, el permiso sanitario para tránsito de colmenas, núcleos y paquetes de abejas y, finalmente abonar el canon de ingreso.

En cuanto a la polinización, los requisitos incluyen contar con el contrato de polinización y que las colmenas sean retiradas de la provincia antes del 30 de octubre del mismo año. Mientras que para la producción de miel se solicita el permiso de asentamiento expedido por la autoridad de aplicación y también que las colmenas sean retiradas de la provincia antes del 30 de marzo.